Los autónomos que trabajan en su vivienda habitual y no tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas en módulos o por el Impuesto sobre Sociedades, podrán recuperar en torno a un 20 por ciento de sus gastos en suministros, correspondientes al desarrollo de la actividad profesional, según valoraron fuentes de las asociaciones del representativas del sector.

Esta recuperación podrá realizarse, tras la publicación de una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (Teac), de 10 de septiembre de 2015, de carácter vinculante para las Administraciones, tanto estatal como de las comunidades autónomas, en la que se resuelve que los autónomos tienen derecho a deducir sus gastos de teléfono, agua, luz, gas y otros suministros, compartidos con el resto de la vivienda habitual.